Eres ciudadano español y estas en Colombia y en este momento te das cuenta que tu pasaporte esta por vencer, aquí te diremos que debes hacer.
¿ Cuales son los requisitos para renovar un pasaporte Español en Colombia?
Los españoles inscritos en el registro consular del consulado tienen derecho a emitir o renovar (por pérdida o robo, salida, deterioro, falta de hojas gratuitas, etc.) con pasaporte ordinario. Para hacerlo, además de este registro consular, deben mostrarse en este consulado general en Bogotá, ya que es inevitable capturar datos biométricos.
Reglas y requisitos obligatorios:
1. El solicitante debe estar registrado previamente en el registro de registro de ese Consulado General en España en Bogotá, como residente o no residente. Mas información
2. Dado que la presencia física del solicitante en cualquier caso es requerida por el antiguo Consulado General, independientemente de su edad (aunque solo se tomarán las huellas dactilares de los índices en ambas manos a los solicitantes durante 12 años), este procedimiento debe hacerse exclusivamente en este Consulado. Los españoles no pudieron trasladarse a este Consulado General para llevar a cabo este procedimiento, deben comunicarse previamente con el mismo para obtener las indicaciones apropiadas.
3. Las libretas de pasaportes que se produzcan solo se entregarán al titular si es mayor de edad o a su representante legal si es menor de edad. La entrega especificada se puede hacer directamente en este Consulado General o en un Consulado Honorario que depende de ello. Por el contrario, no se puede entregar a una oficina consular para una carrera que no sea la aplicación.(Ver articulo:Requisitos para Visa de Estudiante de España en Colombia?.
Documentos necesarios para renovar el pasaporte en el extranjero
- Pasaporte del solicitante o interesado.
- Documento nacional de identidad del solicitante o interesado.
- Fotografía reciente tamaño pasaporte, de frente, en color, con fondo blanco y sin gafas de cristales oscuras o cualquier otra prenda que impida la identificación.
- Prueba de residencia en el país o la visa de entrada que tienes en el pasaporte español.
- Pagos de tasas administrativas por renovación.
- Certificado literal de nacimiento del Registro Civil Español, si nuestro pasaporte caducó hace más de 6 meses.
Documentación a presentar:
Los formularios impresos deben ser legibles y legibles.
1. Solicitud completa, debe registrarse en persona antes de que el empleado consular la reciba (este formulario se puede obtener en el Consulado General o en cualquier consulado honorario dependiente del mismo). Si lo desea, puede descargar el formulario de solicitud y recuerde completarlo en su totalidad.
2. Una fotografía reciente del solicitante, en color, 3 x 4 con un fondo blanco, enfocada, bien enfocada y no afectada, tomada desde el frente, sin lentes de sol o cualquier otra prenda que impida el número de seguro social (gorra, bufanda, gorra, etc.), solicitud adjunta . Si la foto es digital, debe imprimirse en papel de calidad fotográfica en una impresora de alta resolución (no se aceptan en papel normal). Para los bebés que necesitan mantener la cabeza, no se deben mostrar las manos de la persona que los apoya.
3. Documento que muestre la personalidad y nacionalidad del solicitante:
Primer pase: carta de nacimiento (original) emitida por registros de población relevantes con un avance máximo de 6 meses a partir de la fecha en que se presentó la solicitud y contiene la notación emitida con el único propósito de obtener un pasaporte y, si la tiene, se aplica el DNI . Los españoles registrados en el registro de nacimiento de este consulado NO pueden presentar el certificado de nacimiento literal.
Para extensiones posteriores: pasaporte, pendiente de renovación, caducidad, daño o falta en las páginas y en caso de tenerlo, el DNI vigente. Españoles que no son de origen español, españoles que debían presentar un documento de conservación de nacionalidad española conforme al Artículo 24 (3) del Código Civil o aquellos involucrados en cualquier otra condición especial mencionada en el Código Civil (en cuyo caso se regirán adecuadamente). del personal del Consulado General) también debe proporcionar la carta de acta de nacimiento (original) emitida por el registro público correspondiente al avance máximo de 6 meses a partir de la fecha en que se presentó la solicitud.
NOTA: Se ha informado que si van a cumplir más de una formalidad en el Consulado General en el certificado original literal de nacimiento en español, el solicitante debe solicitar los registros nacionales correspondientes, todas las copias originales de los certificados necesarios para llevar a cabo los procedimientos predeterminados.(Ver artículo: Requisitos para Visa de China en Colombia).
4. Solo para solicitantes pequeños o incapacitados: Documento ORIGINAL que significa que aquellos que tienen la responsabilidad parental o la tutela, generalmente ambos padres, expresan su consentimiento para su emisión. El consentimiento puede hacerse de cualquiera de las siguientes maneras:
Si el padre o los padres residen en el distrito consular, ya sea personalmente en el Consulado General o ante los Consulados Honorarios dependientes en el mismo uso, el formulario oficial aprobado para ese fin, notario español o extranjero (en este último caso debe ser legalizado o apostólico y, si es necesario, traducir) o en acto público ante un notario público colombiano (que se dejará apostilla). En el caso de que ambos padres acompañen al niño personalmente al Consulado General solicitando el consentimiento de ambos, estos deberán reflejarse con sus firmas en el formulario de solicitud de pasaporte. Este tipo de consentimiento solo puede ser presentado a este Consulado General.
– Si el padre o los padres residen en España, ya sea personalmente en una estación de policía (ya que se envía directamente al Consulado General) o en acto público ante un notario público español (sin apostilla).
– Si el padre o los padres viven en otro distrito consular, ya sea personalmente en el consulado apropiado (que se referirá directamente al Consulado General) o en acto público ante un notario público en el país en cuestión (legalizado o apostillado y su caso traducido por el jurado traductor) (Ver artículo:Requisitos para Visa de Costa Rica en Colombia).
– En el caso especial de que ambos padres no sean residentes en el área consular, las concesiones mencionadas también deben agregar un poder notarial realizado ante notario público al permitir que un tercero presente el proceso de solicitud y el pasaporte de cobro (si es un notario público en un tercer país). que España, debe dejarse legalizado o apostillado y, si es necesario, traducido por un jurado traductor).
Si solo uno de los padres considera una decisión judicial, la sentencia original (legalizada o apostillada y, si es necesario, traducida por un jurado traductor). Si un padre falleció, prueba original de la muerte (si los certificados extranjeros están legalizados o apostillados y, si es necesario, los traduce un jurado traductor).
Si el tutor o tutor del niño o emancipado corresponde a una institución o tribunal, cualquier documento oficial original que demuestre este hecho (legalizado o apostillado y, si corresponde, traductor y traducido por jurado).
Hacer cita aquí.
5. En caso de pérdida o robo del pasaporte anterior, la declaración de este hecho es facilitada por el Consulado General o el Consulado Honorario dependiente. Para este procedimiento, no es obligatorio presentar un informe de pérdida o robo a las autoridades locales.
6. Comprobante de pago del monto de la tasa aplicable en la Cuenta CorrientedelBBVA,CONSULADO GENERALDEESPAÑA,Nº 171-015365, Concepto“Pasaporte ES”de cualquier sucursal del país. Solo los pasaportes gratuitos se venderán a los solicitantes que estén sujetos a las disposiciones del Artículo 5.2 de la Ley 9/2011 de 10 de mayo, tarifas consulares (momentos C, D y E) y aquellos con membresía de una familia numerosa de conformidad con la Ley 40/2003 18 de noviembre. En todos estos casos, el solicitante debe documentar la evidencia de la razón de la excepción. Compruebe el valor del pasaporte.
Este Consulado General se reserva el derecho de exigir documentación adicional si considera que existen dudas sobre la nacionalidad española del solicitante o las circunstancias alegadas en la solicitud y que la consulta adecuada con el departamento de documentación de la Dirección General de Policía.
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